Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas

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El martes día 30 de octubre 2018 se celebró, en la sede del Ministerio del Interior, la VII Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas, presidida por la Secretaria de Estado de Seguridad y como vicepresidente el Director del Departamento de Seguridad Nacional.
 
La Comisión aprobó el Plan Estratégico Sectorial (PES) del sector de la Salud y la revisión de los Planes Sectoriales del Sector Transporte subsector Aéreo, Carretera, Ferroviario y Marítimo, así como del Sector del Agua (ya aprobados en 2015). Además, se designaron 24 nuevos Operadores Críticos correspondientes a los citados sectores.
 
De esta forma, se han aprobado ya 16 PES de los 18 previstos, sobre los que se han designado 171 Operadores Críticos: Energía (electricidad, gas y petróleo); Industria Nuclear; Sistema Financiero; Transporte (aéreo, carreteras, ferrocarril y marítimo); Agua; Espacio; Industria Química; TIC; Transporte Urbano y Metropolitano; Alimentación y Salud.
 
Para finalizar el ciclo del Sistema PIC solo quedan pendientes: el Plan Estratégico del Sector de la Administración y el de las Instalaciones de Investigación, cuya aprobación está prevista para el año 2019. Además, también el próximo año se revisarán el PES del Sector de la Industria Química y el del Espacio, aprobados en 2016.
 
Los anteriores Planes Estratégicos Sectoriales surtían de la Estrategia de Seguridad Nacional de 2013. El PES del Sector Salud y la revisión de los PES del Sector Transporte (aéreo, carretera, ferroviario y marítimo) y del Sector del Agua se han elaborado conforme lo dispuesto en la Estrategia de Seguridad Nacional 2017.
 
La Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas, es un órgano colegiado adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad, válidamente constituida el 30 de junio de 2014 como agente del Sistema. Sus funciones más importantes son:
 

  • Aprobar los distintos Planes Estratégicos Sectoriales (PES).
  • Designar a los Operadores Críticos (OC) que se propongan.
  • Aprobar la creación, modificación o supresión de grupos de trabajo sectoriales o de carácter técnico, estableciendo sus objetivos y sus marcos de actuación.

 
Los Planes Estratégicos Sectoriales (PES), permiten identificar los servicios esenciales prestados a la sociedad por los sectores objeto de estudio, el funcionamiento general de éstos, las principales amenazas de origen deliberado sobre los mismos y sus principales vulnerabilidades, las infraestructuras críticas que proporcionan servicio y los operadores propietarios y/o gestores de las mismas. Estos planes culminan con una evaluación de las consecuencias potenciales de su inactividad, así como con una propuesta de medidas estratégicas para su mantenimiento.

Los Operadores Críticos (OC) son los Agentes del Sistema, provenientes tanto del sector público como del sector privado, responsables del funcionamiento diario de una instalación, red, sistema o equipo físico o de tecnología de la información designada como infraestructura crítica conforme a la Ley 8/2011, por la que se establecen medidas para la Protección de las Infraestructuras Críticas. Los operadores críticos forman parte del Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas, con una especial relación con las autoridades competentes, a través del Centro Nacional de Protección de Infraestructuras y Ciberseguridad (CNPIC).
 
Para estos operadores implica una serie de obligaciones:
 

  • Participación de los operadores en la mesa de coordinación establecida en el Plan Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas.
  • Intercambio de información relevante para la seguridad de sus instalaciones, redes y sistemas, en el acceso a los sistemas de comunicación previstos por la Ley.
  • Implementación de medidas de protección alineadas con el Plan de Protección y Prevención Antiterrorista, actualmente en nivel 4.

 
En lo relativo al Sistema de Seguridad Nacional, la protección de infraestructuras críticas queda recogido en la Ley 36/2015 de Seguridad Nacional, en su art. 7 Colaboración Privada y art. 11 Obligaciones de las Administraciones Públicas en los ámbitos de especial interés, en cuanto a la obligación de las entidades privadas operadores de servicios esenciales e infraestructuras críticas de colaborar con las Administraciones Públicas y de estas de asegurar la disponibilidad de los servicios esenciales y la garantía del suministro de recursos energéticos, agua y alimentación, medicamentos y productos sanitarios, o cualesquiera otros servicios y recursos de primera necesidad o de carácter estratégico.
 
En la Estrategia de Seguridad Nacional 2017, la amenaza contra las infraestructuras críticas se encuentra entre las principales amenazas identificadas, junto con conflictos armados, el terrorismo, el crimen organizado, la proliferación de armas de destrucción masiva y el espionaje, dado el impacto que una agresión sobre ellas puede comportar para la provisión de los servicios esenciales. Igualmente, la ESN 2017 establece como una línea de acción en el ámbito de la Ciberseguridad, y respecto a las infraestructuras críticas: reforzar, impulsar y promover los mecanismos normativos, organizativos y técnicos, así como la aplicación de medidas, servicios, buenas prácticas y planes de continuidad para la protección, seguridad y resiliencia, de manera que se garantice un entorno digital seguro y fiable.

 
 
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