Reunión del Consejo Nacional de Ciberseguridad - 21 de febrero 2020

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El Consejo Nacional de Ciberseguridad se ha reunido este viernes 21 de febrero de 2020, presidido por la Secretaria de Estado, Directora del Centro Nacional de Inteligencia, Dña. Paz Esteban López.

Esta reunión marca una nueva etapa ya que se trata de la primera de este órgano de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional en la actual Legislatura, constituida el 3 de diciembre de 2019.

Durante la reunión se han evaluado y analizado varios temas de interés para la Seguridad Nacional en el ámbito de la ciberseguridad, destacando los siguientes:

Por otro lado, se ha propuesto para estudio la creación de un Cuadro de Mando para la ciberseguridad nacional que apoye al Sistema de Seguridad Nacional en la toma de decisiones; el funcionamiento de la Comisión Permanente de Ciberseguridad, pieza fundamental en el modelo de Gobernanza recogido en la Estrategia Nacional de Ciberseguridad de 2019 y los aspectos de la ciberseguridad en el marco del 5G.
 

 

Sobre el Consejo de Ciberseguridad Nacional

El Consejo Nacional de Ciberseguridad es un órgano colegiado de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional, en el marco del Sistema de Seguridad Nacional.

Está presidido por la Secretaria de Estado, Directora del Centro Nacional de Inteligencia, Dña. Paz Esteban López, y su Vicepresidente es el Director del Departamento de Seguridad Nacional, D. Miguel Ángel Ballesteros Martín.

El Consejo Nacional de Ciberseguridad se regula mediante la Orden PRA/33/2018, de 22 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, publicado en el BOE el 23 de enero de 2018.

El Consejo está compuesto por un vocal de cada departamento ministerial y organismo público con representación en el Consejo de Seguridad Nacional. Asimismo, podrá formar parte del Consejo un representante del resto de los departamentos ministeriales u organismos públicos, cuya presencia sea así acordada por el Presidente, en función de los asuntos a tratar.

Podrán ser convocados, además, otros representantes de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía, la Administración Local, así como de los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas, cuando su contribución se considere necesaria.

Igualmente, podrán ser convocados representantes de las demás entidades que integran el sector público institucional, del sector privado y aquellas personas en su condición de expertos cuya contribución se considere relevante.

La Secretaría Técnica y Órgano de trabajo permanente es ejercida por el Departamento de Seguridad Nacional.
 

 
 
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