Comité Especializado de No Proliferación

El Comité Especializado de No Proliferación es un órgano de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional de los previstos en el artículo 20.3 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, al que le corresponde ejercer las funciones asignadas por aquel en el ámbito de la no proliferación de armas de destrucción masiva y en el marco del Sistema de Seguridad Nacional.
Comité Especializado de No Proliferación

El Comité está presidido por el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores, auxiliado por el Director del Departamento de Seguridad Nacional en calidad de vicepresidente.
 
El resto del Comité lo conforman representantes de los departamentos ministeriales afectados, con rango mínimo de Subdirector General o asimilado u Oficial General: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Justicia; Defensa; Hacienda; Interior; Fomento; Industria, Comercio y Turismo; Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad; Política Territorial y Función Pública; Transición Ecológica; Sanidad, Consumo y Bienestar Social y Centro Nacional de Inteligencia.
 
El Departamento de Seguridad Nacional en su calidad de Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional y de sus órganos de apoyo, actúa como Secretario Técnico del Comité.

Las reuniones del Comité, presenciales o a distancia, tienen carácter bimestral o cuando la urgencia de la materia lo considere oportuno.
El Comité Especializado de No Proliferación sirve para apoyar al Consejo de Seguridad Nacional en el desempeño de sus funciones, relacionadas con el ámbito de la no proliferación de armas de destrucción masiva. Además, refuerza las relaciones con las Administraciones Públicas concernidas, así como la coordinación, colaboración y cooperación entre los sectores público y privado.
Su organización le proporciona una visión omnicomprensiva de los campos, nuclear y radiológico, químico y biológico al tiempo que armoniza y refuerza la coordinación y actuación del Gobierno en dichas materias.
.
Entre las funciones asignadas al Comité, en materia de la no proliferación de armas de destrucción masiva, caben destacar:
 
  • Proponer al Consejo de Seguridad Nacional las directrices en materia de planificación y coordinación de la política de Seguridad Nacional.
  • Contribuir a reforzar el adecuado funcionamiento del Sistema de Seguridad Nacional, cuya supervisión y coordinación corresponde al Consejo de Seguridad Nacional.
  • Apoyar al Consejo de Seguridad Nacional en su función de verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Nacional y proponer, en su caso, su revisión.
  • Elevar propuesta al Consejo de Seguridad Nacional para, en su caso, impulsar la elaboración de una Estrategia de segundo nivel.
  • Contribuir a la elaboración de propuestas normativas para el fortalecimiento del sistema de Seguridad Nacional.
  • Apoyar la toma de decisiones del Consejo de Seguridad Nacional en las materias propias del ámbito de la no proliferación de armas de destrucción masiva, mediante el análisis, estudio y propuesta de iniciativas tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
  • Reforzar las relaciones con las Administraciones Públicas concernidas, así como la coordinación, colaboración y cooperación entre los sectores público y privado.
  • Realizar, en apoyo del Comité Especializado de Situación, la valoración de los riesgos y amenazas, analizar los posibles escenarios de crisis, en especial de aquéllos susceptibles de derivar en una situación de interés para la Seguridad Nacional.
  • Contribuir a la organización de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional de responsabilidad del Consejo de Seguridad Nacional.
El Comité Especializado de No Proliferación de Armas de Destrucción Masiva realizó su reunión constitutiva el 10 de septiembre de 2018 en el Departamento de Seguridad Nacional de la Presidencia del Gobierno.
Durante la reunión se realizó un balance general de la situación en los diferentes ámbitos de la No Proliferación y se adoptaron los siguientes acuerdos:
  • Elaboración de un libro de apoyo a funcionarios, investigadores y público en general describiendo la actuación española en el régimen de no proliferación y que se pretende finalizar antes de finales de 2019.
  • Revisión del borrador del Plan Nacional de Biocustodia, que recoge las medidas de protección física de instalaciones de organismos patógenos y transferencias intangibles. Una vez consensuado, dicho Plan se someterá a la aprobación del Consejo de Seguridad Nacional.
  • Constitución de un Grupo de Trabajo de Interceptación para hacer frente a casos de posible desvío de materiales de doble uso en programas de destrucción masiva.
 
 
Seguridad Nacional un proyecto compartido