Departamento de Seguridad Nacional

El Departamento de Seguridad Nacional

 

 
El Departamento de Seguridad Nacional (DSN) del Gabinete de la Presidencia del Gobierno es el órgano de asesoramiento al Presidente del Gobierno en materia de Seguridad Nacional. Mantendrá y asegurará el adecuado funcionamiento del Centro de Situación del Departamento de Seguridad Nacional para el ejercicio de las funciones de seguimiento y gestión de crisis, así como las comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno.
 

CREACIÓN  
El Departamento de Seguridad Nacional fue creado por el Real Decreto 1119/2012 de 20 de julio, de modificación del Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
 
 
TITULARIDAD  
El Director del Departamento de Seguridad Nacional. Tiene rango de Director General.
 
Con rango de Subdirector General, existirá un Director  Operativo del Departamento de Seguridad Nacional.
 
 
DEPENDENCIA ORGÁNICA  
El Departamento de Seguridad Nacional depende orgánica y funcionalmente del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
 
 
REGULACIÓN
- Ley 36/2015, de 28 de septiembre , de Seguridad Nacional.
- Real Decreto 586/2021, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.
-  Real Decreto 890/2023, de  27 de noviembre,  por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno
 
 

El DSN asume además las funciones de Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional, una Comisión Delegada del Gobierno especializada en seguridad bajo la presidencia del Presidente del Gobierno, que, como en los países más avanzados, le asiste en la dirección de la Política de Seguridad Nacional.

Esta función de secretariado técnico también la desempeña el DSN respecto de los órganos interministeriales de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional: el Consejo Nacional de Ciberseguridad (2013), el Consejo Nacional de Seguridad Marítima (2013), el Comité de Situación para la gestión de crisis (2013), el Comité Especializado de Inmigración (2014), el Comité Especializado de No Proliferación (2017) y el Comité Especializado de Seguridad Energética (2017).

Igualmente, el DSN desarrolla funciones en el ámbito de la gestión de las situaciones de crisis. Mantiene y asegura el adecuado funcionamiento del Centro de Situación del Departamento de Seguridad Nacional para el ejercicio de las funciones de seguimiento y gestión de crisis, así como las comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno y asiste al Comité de Situación, que, bajo la presidencia del Ministro de la Presidencia, busca mejorar la coordinación entre las distintas Administraciones Públicas, para favorecer la rapidez y flexibilidad en la respuesta a estas situaciones, objetivo para el que resulta necesaria su participación en ejercicios de gestión de crisis, que comporten la toma de decisión en el nivel político-estratégico.

Finalmente, el DSN realiza aquellas actividades que sean necesarias para asegurar la colaboración, cooperación y coordinación de los órganos competentes de la Seguridad Nacional conforme a las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación y realiza estudios y propuestas para fomentar la colaboración privada y la participación ciudadana en los asuntos de la Seguridad Nacional.

 

 

             

 
 

 

 

 
 
 
Seguridad Nacional un proyecto compartido