Procedimiento de Actuación Contra la Desinformación

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05 de noviembre de 2020
Procedimiento de Actuación Contra la Desinformación

El marco europeo en la lucha contra la desinformación

En las conclusiones del Consejo Europeo de 2015, celebrado el 19 y 20 de marzo, se establecía la necesidad de contrarrestar las campañas de desinformación procedentes de Rusia y se instaba a la cooperación con los Estados miembros y las instituciones de la UE en la preparación de un Plan de Acción sobre Comunicación Estratégica.

Como primer paso a dicha demanda, se creó el East StratCom Team, equipo del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), dedicado a la comunicación proactiva de políticas y actividades de la Unión Europea en Rusia.

El 19 de julio de 2017, la Comisión de la UE aprueba un Informe Conjunto al Parlamento Europeo y al Consejo, relativo a la aplicación de la comunicación conjunta sobre la lucha contra las amenazas híbridas como una respuesta de la Unión Europea. En este Informe se propone un incremento de las capacidades de comunicación estratégica de la UE y de los Estados miembros.

El 26 de abril de 2018, la Comisión de la UE aprueba una Comunicación titulada “La lucha contra la desinformación en línea: un enfoque europeo”, que define la desinformación como «la información verificablemente falsa o engañosa que se crea, presenta y divulga con fines lucrativos o para engañar deliberadamente a la población, y que puede causar un perjuicio público», la expone como amenaza a los procesos democráticos y a bienes públicos. Para hacer frente a este fenómeno, la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) establecieron el Plan de Acción para la lucha contra la desinformación, aprobado por el Consejo Europeo el 5 de diciembre de 2018.

Dicho Plan tiene como objetivos principales el desarrollo de capacidades en el seno de la Unión y el fortalecimiento y la cooperación entre sus Estados miembros. En su implementación, se han abordado estrategias, mecanismos y herramientas para hacer frente a la desinformación, entre ellas, la puesta en marcha del mecanismo de Alerta Rápida de la Unión Europea (RAS).

Este nuevo impulso en la lucha contra la desinformación de la Unión se enmarca en el futuro Plan Acción para la Democracia Europea, destacando, entre otras, iniciativas tales como la puesta en marcha en el Parlamento Europeo del Comité especializado contra la injerencia extranjera en todos los procesos democráticos de la UE o la implementación del Observatorio Europeo de medios digitales.

El procedimiento nacional: la respuesta a Europa

La libertad de expresión y el derecho a la información se consagran como derechos fundamentales en nuestra Constitución. Sin embargo, estos procesos de participación democrática se ven cada vez más amenazados por la difusión deliberada, a gran escala y de forma sistemática, de desinformación que generalmente procede de potencias extranjeras.

El uso generalizado de la tecnología ha hecho que la pugna geopolítica entre diversos actores estatales, consideren al ciberespacio un dominio operacional en el que desplegar acciones hostiles, tales como operaciones de desinformación e influencia. El despliegue de operaciones de desinformación utilizadas como arma y elemento desestabilizador de nuestra democracia, hace necesario evaluar de manera continua el fenómeno de la desinformación.

Con la finalidad de dar cumplimiento a los requerimientos establecidos por la Unión Europea e implementar a nivel nacional las políticas y estrategias promulgadas en el ámbito de la lucha contra la desinformación, se ha desarrollado el Procedimiento de Actuación Contra la Desinformación, que fue aprobado el pasado 6 de octubre por el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 5 de noviembre de 2020.

El Plan establece la necesidad de una acción coordinada y acorde a nuestros valores democráticos, que haga frente a los riesgos y amenazas para nuestra sociedad, el incremento de nuestras capacidades con el objetivo de hacer frente a la desinformación y de reforzar la resiliencia.

El procedimiento no trata de hacer frente a las fakes news, ni adentrarse en el debate político, sino que establece los instrumentos necesarios para participar en los mecanismos que la Unión Europea ha puesto a disposición de los Estados miembros para reforzar las capacidades de respuestas coordinadas y conjuntas a las campañas de desinformación e influencia. En este ámbito, destaca nuestra participación activa en el mecanismo de la RAS y en la red europea de procesos electorales.

Además, este procedimiento recoge acciones y procesos que pretenden mejorar y aumentar la transparencia con respecto al origen de la desinformación, así como a la manera en la que esta se produce. Por otro lado, dichas acciones apoyarán el fomento de la información veraz, completa y oportuna, y que esta provenga de fuentes contrastadas de los medios de comunicación y de las Administraciones en el marco de la comunicación pública.

Por último, el procedimiento incorpora la colaboración del sector privado y sociedad civil. Así, el procedimiento da paso a la colaboración de aquellas organizaciones o personas cuya contribución se considere oportuna y relevante en el marco de la lucha contra el fenómeno de la desinformación.

 

 
 
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